Tops Oficina

Sillas, escritorios y ergonomía para trabajar mejor

  • Análisis y Comparativas
    • Impresoras
      • Impresoras multifunción
        • Mejores impresoras multifunción HP de 2026: cuál elegir según cuánto imprimes
        • Mejores impresoras multifunción calidad-precio de 2026 (también wifi baratas)
      • Impresoras de etiquetas
        • Mejores impresoras de etiquetas y etiquetadoras de 2026: para oficina, envíos y casa
    • Máquinas para oficina
      • Mejores destructoras de papel baratas de 2026: seguridad P-4 para casa y oficina
      • Mejores trituradoras de papel Fellowes de 2026: qué modelo elegir
      • Mejores plastificadoras Fellowes de 2026: la mejor calidad-precio para casa y oficina
    • Periféricos
      • Conectividad
        • Mejores repetidores WiFi TP-Link de 2026: cuál comprar según tu router
      • Imagen
        • Mejores cámaras web Logitech de 2026: Brio 100, 300, 500, C920s y MX Brio
        • Mejores webcams calidad-precio de 2026 para teletrabajo y videollamadas
        • Mejores monitores HDMI baratos de 2026 para oficina y teletrabajo
      • Audio
        • Mejores auriculares con micrófono para PC de 2026: con cable y sin cable
      • Teclados
        • Mejores teclados inalámbricos de 2026 para trabajar y estudiar
      • Grabación
        • Grabadoras de voz Sony en 2026: PX470, PX370 y las mejores alternativas
    • Mobiliario
      • Mejores escritorios elevables eléctricos de 2026: qué mesa elevable comprar
      • Mejores escritorios rosas (o rosados) de 2026: compactos, en L y juveniles
      • Mejores sillas de oficina ergonómicas de 2026: calidad-precio y cuál elegir
      • Mejores sillas de oficina sin ruedas de 2026: giratorias, confidentes y de diseño
      • Mejores sillas de oficina baratas de 2026: económicas que merecen la pena
      • Mejores sillas de escritorio rosas de 2026: ergonómicas, gaming y de terciopelo
      • Mejores sillas de oficina blancas de 2026: ergonómicas, baratas y de diseño
  • Blog
    • Ergonomía en la oficina: cómo ajustar silla, mesa y pantalla (guía práctica)
    • Cómo montar tu oficina en casa: qué comprar primero y cómo colocarlo
  • Contacto
  • Sobre mí

Normativa del puesto de trabajo con pantallas: qué exige la ley en la oficina y en el teletrabajo

Actualizado el 26 octubre 2026 · Por Álex

Compartir
Twittear

Si trabajas con ordenador, en la oficina o desde casa, hay una ley que dice cómo tiene que ser tu puesto: el Real Decreto 488/1997 sobre trabajo con pantallas de visualización. Y si teletrabajas, la Ley 10/2021 de trabajo a distancia añade quién pone el equipo y quién paga los gastos. Esta guía resume, en lenguaje claro y con el texto del BOE delante, qué exige la normativa a la empresa, cómo tiene que ser la silla, la mesa, la pantalla y el entorno, y qué cambia en el teletrabajo.

Guía informativa basada en el BOE y en el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), revisada en octubre de 2026. No es asesoramiento legal: para un caso concreto, consulta con el servicio de prevención de tu empresa, tu representación sindical o un abogado laboralista.

Resumen rápido

  • A quién se aplica: a quien usa una pantalla «habitualmente y durante una parte relevante de su trabajo normal» (RD 488/1997, art. 2). No hay un mínimo de horas fijado por ley.
  • Qué debe hacer la empresa: evaluar los riesgos del puesto, organizar pausas o cambios de tarea, ofrecer vigilancia de la salud (también de la vista) y formar al trabajador.
  • Cómo debe ser el puesto: pantalla orientable y sin reflejos, teclado independiente, mesa poco reflectante y amplia, silla con altura regulable y respaldo reclinable, y reposapiés para quien lo pida.
  • En el teletrabajo: la empresa debe dotar y mantener los medios y compensar los gastos, y evaluar los riesgos de la zona de casa donde trabajas (Ley 10/2021, arts. 11, 12 y 16).

Table of Contents

Toggle
  • Qué normas regulan el puesto de trabajo con ordenador
  • ¿A quién se aplica el RD 488/1997?
  • Qué tiene que hacer la empresa
    • 1. Evaluar los riesgos del puesto
    • 2. Organizar pausas o cambios de tarea
    • 3. Vigilar la salud, también la vista
    • 4. Informar y formar
  • Cómo tiene que ser el puesto: lo que dice el anexo del RD 488/1997
  • El entorno: luz, temperatura, humedad y ruido
  • Teletrabajo: qué añade la Ley 10/2021
    • ¿Cuándo se aplica?
    • El acuerdo de trabajo a distancia
    • Quién pone el equipo y quién paga
    • Evaluación de riesgos en casa
    • Desconexión digital
  • Checklist de tu puesto, según la normativa
  • Preguntas frecuentes
    • ¿Cuántas horas delante del ordenador hacen falta para que se aplique la ley?
    • ¿La empresa tiene que pagarme las gafas?
    • ¿Me tienen que dar silla y mesa si teletrabajo?
    • ¿Es obligatorio el reposapiés?
    • ¿Cada cuánto hay que hacer pausas?
    • ¿Se aplica a los autónomos?

Qué normas regulan el puesto de trabajo con ordenador

Norma Qué regula Lo que más te afecta
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales Marco general de la prevención La empresa debe proteger tu seguridad y salud
Real Decreto 488/1997 Trabajo con pantallas de visualización Requisitos de pantalla, teclado, mesa, silla y entorno; pausas; vigilancia de la salud
Real Decreto 486/1997 Lugares de trabajo Temperatura, humedad e iluminación mínimas
Ley 10/2021 de trabajo a distancia Teletrabajo y trabajo a distancia Medios, gastos, evaluación de riesgos en casa y desconexión digital
Guía técnica del INSST sobre pantallas Criterios técnicos (no es ley) Cómo aplicar el RD 488/1997 en la práctica

¿A quién se aplica el RD 488/1997?

El decreto protege a los trabajadores que usan un equipo con pantalla «habitualmente y durante una parte relevante de su trabajo normal». Es la definición literal del artículo 2.

En muchas webs leerás que se aplica a partir de «4 horas al día o 20 a la semana». Esa cifra circula como criterio orientativo, pero no está en el decreto. El propio INSST advierte en sus preguntas frecuentes de que es muy difícil decidir qué es una «parte relevante» del trabajo solo por el número de horas: hay que valorar el puesto concreto en la evaluación de riesgos.

El decreto no se aplica (art. 1) a los puestos de conducción de vehículos o máquinas, a los sistemas informáticos montados en medios de transporte, a los destinados sobre todo al uso del público, a las calculadoras y cajas registradoras con visor pequeño, a las máquinas de escribir clásicas ni a los sistemas portátiles, siempre que no se usen de forma continuada en un puesto de trabajo. Dicho al revés: si trabajas todos los días con el portátil en la mesa, ese puesto sí entra.

Qué tiene que hacer la empresa

1. Evaluar los riesgos del puesto

La empresa debe evaluar los riesgos para la vista, los problemas físicos y la carga mental, teniendo en cuenta el tiempo medio de uso diario de la pantalla, el tiempo máximo seguido delante de ella y el nivel de atención que exige la tarea (RD 488/1997, art. 3).

2. Organizar pausas o cambios de tarea

Si la evaluación detecta riesgos, la empresa debe reducir el tiempo seguido delante de la pantalla, alternando con otras tareas o, si no es posible, con pausas periódicas (art. 3). El decreto no fija cuántas; los convenios colectivos pueden concretarlo. Como orientación, el INSST propone pausas de unos 10-15 minutos por cada 90 minutos de pantalla, y al menos 10 minutos cada hora en tareas de mucha atención, siempre antes de que aparezca la fatiga.

3. Vigilar la salud, también la vista

Tienes derecho a una vigilancia de la salud (art. 4): antes de empezar a trabajar con pantalla, de forma periódica y cuando aparezcan molestias que puedan deberse a este trabajo. Si los resultados lo hacen necesario, tienes derecho a un examen oftalmológico, y la empresa debe darte gratis dispositivos correctores especiales (por ejemplo, gafas para la distancia de la pantalla) cuando hagan falta y no sirvan los normales.

4. Informar y formar

La empresa debe formarte en el uso del puesto antes de empezar y cada vez que cambie de forma importante la organización del trabajo (art. 5), y consultar a los trabajadores o a sus representantes (art. 6).

Cómo tiene que ser el puesto: lo que dice el anexo del RD 488/1997

El anexo del decreto fija los requisitos mínimos de cada elemento, siempre que ese elemento exista en el puesto y la tarea lo permita. Esto es lo que pide y cómo comprobarlo en tu mesa:

Elemento Qué exige la norma Cómo comprobarlo
Pantalla Caracteres nítidos, imagen estable, brillo y contraste regulables, orientable e inclinable, sin reflejos Puedes inclinarla y girarla; no ves ventanas ni lámparas reflejadas
Teclado Inclinable e independiente de la pantalla, superficie mate, espacio delante para apoyar manos y brazos Teclado separado (también con portátil) y unos 10 cm libres delante
Mesa Poco reflectante, dimensiones suficientes y colocación flexible; soporte de documentos estable y regulable Cabe todo sin amontonar y la superficie no brilla
Silla Estable, altura del asiento regulable, respaldo reclinable y regulable en altura Llegas al suelo con los pies y el respaldo sujeta la zona lumbar
Reposapiés A disposición de quien lo pida Si no llegas bien al suelo, puedes pedirlo
Espacio Suficiente para cambiar de postura y moverse Te puedes mover y estirar las piernas
Programas Adaptados a la tarea y fáciles de usar; no se puede controlar al trabajador sin informarle Te han explicado qué herramientas de control se usan

Para colocar cada cosa a la altura correcta, la guía del INSST indica que la pantalla debe quedar entre la línea horizontal de la vista y 40° por debajo, a no menos de 30 cm de los ojos y, en tareas de oficina, normalmente a 40-75 cm. Lo explicamos paso a paso en la guía de ergonomía en la oficina, y puedes calcular tus medidas con la calculadora de altura de silla y mesa.

El entorno: luz, temperatura, humedad y ruido

Factor Qué dice la norma Fuente
Iluminación Mínimo de 500 lux en zonas con tareas de exigencias visuales altas, medidos a la altura de la tarea; equilibrio entre la pantalla y el entorno, sin deslumbramientos RD 486/1997, anexo IV; RD 488/1997, anexo
Reflejos Evitar reflejos de ventanas y luces; las ventanas deben tener cortinas o persianas regulables RD 488/1997, anexo
Temperatura Entre 17 y 27 °C en trabajos sedentarios de oficina RD 486/1997, anexo III
Humedad Humedad relativa entre el 30 % y el 70 % RD 486/1997, anexo III
Corrientes de aire No más de 0,25 m/s de forma frecuente o continuada en ambientes no calurosos RD 486/1997, anexo III
Ruido y calor Los equipos no deben molestar la atención ni la palabra ni dar calor excesivo RD 488/1997, anexo

Si la mesa queda poco iluminada, una barra de luz para monitor ilumina el teclado sin reflejarse en la pantalla.

Teletrabajo: qué añade la Ley 10/2021

¿Cuándo se aplica?

A los trabajadores por cuenta ajena que trabajan a distancia de forma regular: al menos el 30 % de la jornada en un periodo de referencia de tres meses, o el porcentaje equivalente según la duración del contrato (art. 1).

El acuerdo de trabajo a distancia

Tiene que estar por escrito e incluir, entre otras cosas, un inventario de los medios, equipos y herramientas (incluidos consumibles y muebles) con su vida útil o plazo de renovación, y los gastos que puedes tener por trabajar a distancia, con cómo se calcula la compensación y cuándo se paga (art. 7).

Quién pone el equipo y quién paga

La empresa debe dotar y mantener los medios necesarios según ese inventario y el convenio, y dar soporte técnico (art. 11). El trabajo a distancia debe ser sufragado o compensado por la empresa: no puede suponer que asumas gastos de equipos, herramientas y medios vinculados a tu actividad laboral (art. 12). Cómo se concreta (si te dan silla, monitor o una cantidad al mes) depende del acuerdo y del convenio colectivo.

Evaluación de riesgos en casa

La evaluación debe tener en cuenta los riesgos propios del teletrabajo, sobre todo los psicosociales, ergonómicos y organizativos, la distribución de la jornada y la garantía de descansos y desconexión (art. 16). Solo alcanza la zona habilitada para trabajar, no el resto de la vivienda. Si hace falta una visita del técnico de prevención a tu casa, necesita tu permiso y debe quedar en un informe escrito; si no la permites, la empresa puede evaluar con la información que le des tú, siguiendo las instrucciones del servicio de prevención.

Desconexión digital

Tienes derecho a no responder mensajes ni correos fuera de tu horario, y la empresa debe tener una política interna sobre cómo se ejerce (art. 18).

Checklist de tu puesto, según la normativa

  • La silla regula la altura del asiento y el respaldo se reclina y sube o baja. Si no, compara sillas de oficina ergonómicas.
  • Con los pies apoyados, los muslos quedan horizontales; si no llegas al suelo, tienes reposapiés (y puedes pedirlo a la empresa).
  • El borde superior de la pantalla queda a la altura de los ojos o algo por debajo, y a 40-75 cm. Si no, un brazo para monitor o un elevador.
  • Con portátil, usas teclado y ratón aparte y la pantalla elevada (o un monitor externo).
  • Teclado y ratón delante, con sitio para apoyar los antebrazos; si tienes molestias en las muñecas, mira los teclados y ratones ergonómicos.
  • La pantalla está de lado a la ventana, sin reflejos, y la ventana tiene cortina o persiana.
  • Haces pausas o cambias de tarea antes de notar cansancio.
  • Si teletrabajas: tienes un acuerdo escrito con el inventario de medios y la compensación de gastos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas delante del ordenador hacen falta para que se aplique la ley?

El RD 488/1997 no fija un número de horas: habla de una «parte relevante» del trabajo. La cifra de 4 horas diarias o 20 semanales es un criterio orientativo que circula, pero el INSST insiste en que hay que valorar cada puesto en la evaluación de riesgos.

¿La empresa tiene que pagarme las gafas?

Solo los dispositivos correctores especiales para el trabajo con pantalla, cuando la vigilancia de la salud los haga necesarios y no sirvan los normales (RD 488/1997, art. 4). En general, las gafas graduadas de uso diario no entran en esa obligación.

¿Me tienen que dar silla y mesa si teletrabajo?

La empresa debe dotarte de los medios necesarios que figuren en el inventario del acuerdo y en el convenio, y compensar los gastos de tu actividad (Ley 10/2021, arts. 7, 11 y 12). Que te den una silla concreta o una cantidad depende de lo que se pacte; revisa tu acuerdo y tu convenio.

¿Es obligatorio el reposapiés?

La empresa debe ponerlo a disposición de quien lo desee (RD 488/1997, anexo). No es obligatorio usarlo, pero sí que esté disponible si lo pides.

¿Cada cuánto hay que hacer pausas?

La ley no lo fija; puede hacerlo tu convenio. El INSST orienta a pausas de unos 10-15 minutos cada 90 minutos de pantalla, o 10 minutos cada hora en tareas de mucha atención.

¿Se aplica a los autónomos?

El RD 488/1997 y la Ley 10/2021 protegen a los trabajadores por cuenta ajena. Si eres autónomo, no te obligan a ti mismo, pero sus criterios son la mejor referencia para montar tu puesto.

Para ponerlo en práctica: cómo hacer pausas activas, la regla 20-20-20 para la vista y la postura correcta frente al ordenador.

Más guías sobre tus derechos: la ley del teletrabajo explicada, la desconexión digital y la temperatura legal en la oficina.

Fuentes: Real Decreto 488/1997 (pantallas de visualización), Real Decreto 486/1997 (lugares de trabajo) y Ley 10/2021 (trabajo a distancia), en su versión consolidada del BOE; preguntas técnicas frecuentes del INSST sobre trabajo con ordenadores. Consultado en octubre de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento legal ni la evaluación de riesgos de tu puesto. Más sobre cómo trabajamos en cómo elegimos los productos.

Á

Álex · Tops Oficina

Trabajo en el sector tecnológico y paso muchas horas al día delante del ordenador. Comparo cada producto con la ficha oficial del fabricante, las normas de ergonomía y las opiniones de compradores reales, y lo puntúo siempre con el mismo método. No hago pruebas de laboratorio ni acepto pagos de marcas por aparecer.

Sobre mí · Cómo elegimos los productos · Actualizado el 26 de octubre de 2026

Compartir
Twittear

Filed Under: Blog

También te puede interesar

Cómo montar tu oficina en casa: qué comprar primero y cómo colocarloTemperatura en la oficina: qué dice la ley (17-27 °C, 21 °C y 26 °C) y humedadDesconexión digital: qué es, qué dice la ley y qué incluye el protocolo

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Copyright © 2026 Tops Oficina · Política de privacidad · Información sobre cookies · Afiliación

Esta web utiliza cookies para mejorar tu experiencia de usuario. AceptarRechazarAjustes Cookies Leer más
Privacy & Cookies Policy

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these cookies, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may have an effect on your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR